Insultar a un jefe no es motivo de despido (si se hace por WhatsApp, en España y de cierto modo)
Situación: 14 compañeras de trabajo crean un grupo de WhatsApp para organizarse y solicitar su jefe común que los días 24 y 31 de diciembre, según dicta la normativa local, sean festivos. La petición es denegada por el jefe.
En ese mismo grupo creado para la organización, las integrantes intercambian pareceres sobre la decisión, con una recopilación de insultos que van desde "rata asquerosa", "cerdo" o "idiota", a "mafioso" o "amargado", insultando también a su pareja y a otros compañeros.
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En un momento dado, una de las integrantes del grupo, por el motivo que sea, hace llegar la conversación al jefe y éste decide despedir a las siete empleadas que le insultaron, alegando motivos disciplinarios.
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La pregunta es sencilla: ¿puede despedirlas? O más bien: ¿tiene capacidad legal para hacerlo?
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Esta historia sucedió ocurrió en la isla española de Mallorca y han sido dos las personas juzgadas que han logrado que se quite la razón al empresario. Ley en mano, no tiene derecho a despedirlas. ¿Qué argumentos dan los jueces?
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En primer lugar, fue el Juzgado de lo Social nº 3 de Palma de Mallorca el que obligó al empresario a readmitir a las trabajadoras, con las mismas condiciones que tenían, o a pagarles una indemnización de 6.941 euros a cada una.
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El motivo es sencillo. A pesar de que los insultos están vinculados al trabajo y a la tensión laboral, estos se profirieron en un marco de comunicación privado y fuera del entorno laboral. Es decir, el juez prima la libertad de expresión, sobre la repercusión de los insultos en el ámbito de trabajo.
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Esta sentencia fue recurrida al Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares que también resolvió el despido como improcedente.
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En este caso, la Justicia dictamina que de no haber habido una filtración por parte de una compañera, el empresario jamás se habría enterado de los insultos y reprocha a la 'soplona' el no estar legitimada para filtrar esos menosprecios.
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Desde 'Confilegal' señalan que el grupo de WhatsApp tenía espíritu de comunicación "cerrada y con expectativa de secreto", por lo que no debían salir del entorno de dicho canal.
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Además, el Tribunal Superior de Justicia balear ratifica que, a pesar del malestar previo, fueron los insultos filtrados los que provocaron los despidos de las 7 empleadas. Es decir, sin insultos, no habría habido despido.
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Obviamente, esto no quiere decir que haya pleno derecho para insultar al jefe por WhatsApp, pero sí crea un precedente jurídico a la hora de decir determinadas cosas en determinadas vías de comunicación. Eso sí, conviene recordar que, para bueno o para malo, todo lo que mandamos por escrito, queda registrado. Atención con eso.
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