Qué pasa si Pedro Sánchez dimite: hoja de ruta

¿Y ahora qué?
Sustituta designada
El ascenso de Montero
Siguiendo el plan establecido
¿Elecciones generales?
Artículo 101
Debe pasar un año
Artículo 115.3
De momento, toca esperar
El lunes, día clave
¿Y ahora qué?

¿Qué pasará si Pedro Sánchez acaba dimitiendo, como ha dejado entrever en su carta? Es la pregunta que millones de españoles se hacen, a la espera de saber qué ocurre el lunes, 29 de abril. Veamos qué sucedería.

Sustituta designada

Para empezar, si Pedro Sánchez dimite y se aparta del cargo (negándose a ejercer siquiera en funciones), alguien debería tomar las riendas y, en este caso, todos los indicios apuntan a que sería María Jesús Montero.

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El ascenso de Montero

La lógica política indica que sería la nº2 del Gobierno quien pasase inmediatamente al nº1. Así ocurrió cuando Suárez dimitió en 1981 y Leopoldo Calvo-Sotelo, entonces vicepresidente, llegó a la presidencia de modo provisional.

Siguiendo el plan establecido

En todo caso, siguiendo con esa lógica política, las elecciones estarían aseguradas si Pedro Sánchez dimite. Aunque no podrían convocarse inmediatamente.

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¿Elecciones generales?

Con María Jesús Montero como primera mujer presidenta del Gobierno de España, lo siguiente sería convocar elecciones como queda estipulado en el artículo 101 de la Constitución Española.

Artículo 101

"El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente", señala la Carta Magna.

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Debe pasar un año

Eso sí, para convocar las elecciones generales habría que esperar, al menos, hasta el 29 de mayo, pues la normativa indica que para disolver las Cortes Generales hay que esperar un año, que se cumpliría ese día, tras los últimos comicios del 28 de mayo de 2023.

Artículo 115.3

El artículo 115.3 de la Constitución Española apunta que "no procederá nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior, salvo lo dispuesto en el artículo 99, apartado 5".

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De momento, toca esperar

En dicho punto, se señala que "si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso".

 

El lunes, día clave

Por tanto, todo parece indicar que, de producirse finalmente la dimisión, la opción de celebrar nuevas elecciones generales en junio o julio de 2024. Aunque, de momento, toca esperar.

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